La Comisión Europea (CE) dio este lunes luz verde para que España proporcione hasta 2.550 millones de euros en avales para empresas y autónomos que estén en concurso de acreedores, pero que se encuentren al corriente de pago para compensarles por daños generados por la pandemia de coronavirus.

Según informó el Ejecutivo comunitario en un comunicado, este esquema beneficiará a 15.000 autónomos y empresas, que podrán ser compensados por los perjuicios sufridos entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, periodo en el que España aplicó restricciones para frenar la propagación del COVID-19.

La Comisión considera que estas ayudas son "proporcionadas, puesto que la compensación prevista no excede lo que es necesario para repara los daños", y subraya que compensarán solo perjuicios "directamente ligados a las restricciones por el brote de coronavirus", por lo que "están en línea" con las normas de ayudas de Estado europeas.

Según explican fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos, esta autorización permitirá al Gobierno español otorgar avales por un importe máximo de 2.550 millones de euros a empresas que vienen de una situación concursal previa a la crisis, pero que están al corriente de los pagos fijados en su convenio de acreedores.

Serían empresas y autónomos que siguen funcionando y afrontando puntualmente los pagos acordados con sus acreedores, y que ahora podrán beneficiarse de los avales que el Estado otorga a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para necesidades de liquidez adicionales.

Una vez recibida la autorización de Bruselas, el Consejo de Ministros, posiblemente este martes, tendrá que aprobar estas condiciones extraordinarias que permitirán avalar a empresas y autónomos en concurso de acreedores y al corriente de pago hasta 2.500 millones en préstamos bancarios y hasta 50 millones en pagarés del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF). Hasta ahora las empresas en concurso habían quedado excluidas de las líneas de avales proporcionadas por el ICO.

Bruselas ha aprobado este esquema de acuerdo con el Artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que permite autorizar las ayudas públicas destinadas a compensar a sectores o empresas específicos por daños generados por circunstancias excepcionales, como el brote de COVID-19, con lo que no ha tenido que acogerse al Marco Temporal de ayudas de Estado activado en marzo por la pandemia, que flexibilizó la concesión de apoyo público.